Cómo crear una empresa online y gratis
Los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) son oficinas dependientes de las administraciones Públicas y entidades públicas y privadas, así como de colegios profesionales, organizaciones empresariales y cámaras de comercio.
Mediante este servicio se puede crear: empresarios individuales (autónomos), sociedades de responsabilidad limitada, sociedades limitadas de formación sucesiva, sociedades limitadas nueva empresa y comunidades de bienes. Además, la constitución a través de este medio es 5 veces más rápido (en menos de una semana tendremos la escritura inscrita y CIF definitivo) y mucho más barata, siendo el coste total final de alrededor 140 euros (incluidos notario y registro).
VENTAJAS DE CONSTITUIR TU EMPRESA CON NOSOTROS EN PAE VIRTUAL
- Reducción de los plazos. Constitución de forma express.
- Costes ultra reducidos gracias a la plataforma PAE.
- Ventanilla única para el alta y constitución de Pymes. Sólo tendrás que asistir con nosotros una única vez al notario. Del resto de trámites nos encargamos nosotros.
- No te cobraremos nada por todos los trámites de constitución si seguimos trabajando juntos.
- Asesoramiento especializado, donde la agilidad, la eficacia y la rapidez son nuestras señas de identidad.
- Garantía de resultado satisfactorio 100%.
- Si se opta por la constitución de empresas tradicional, el emprendedor deberá desplazarse a los diversos organismos y realizar los pertinentes trámites ante cada uno de ellos (Notaría, Registro Mercantil Central, Agencia Tributaria, consejerías pertinentes de cada Comunidad Autónoma, Tesorería Territorial de la Seguridad Social, Ayuntamiento). La duración de este proceso puede ser de 40 días.
PROCESO PARA LA CREACIÓN DE TÚ EMPRESA ON LINE
- Solicitud de denominación social
Te gestionamos la solicitud del nombre de tu sociedad. Para ello nos facilitarás 5 nombres por orden de preferencia e, inmediatamente, procederemos a presentar solicitud de forma telemática al registro mercantil central.
- Aportación de capital
Una vez obtenida la respuesta, alrededor de 24/48 horas desde la solicitud, el/los socio/os tendrán que efectuar una aportación de capital de 3.000 euros en una entidad financiera a nombre de la empresa en constitución. La entidad financiera expedirá un certificado que, junto con la certificación negativa de denominación social (que hemos obtenido en la forma descrita en el primer párrafo, tendremos que aportar el día de la firma ante el notario.
- Firma ante notario
Tras la obtención del certificado, sólo restará acudir al notario para la firma de la escritura. En ese mismo momento, ya podremos operar legalmente con nuestra empresa, ya que se expide el NIF provisional que posteriormente será el definitivo. Previamente, gracias a nuestra labor en la gestión de la plataforma PAE, nosotros gestionamos la información pertinente en cuanto a socios, administradores de la sociedad, obligaciones fiscales, etc…, obteniendo como resultado el Documento Único Electrónico (DUE), que contendrá la declaración censal y el resto de obligaciones que para la constitución de una empresa es preceptivo.
- Inscripción del registro mercantil
Ya sólo queda la inscripción del registro mercantil que también se materializa de forma on line quien, tras este trámite, devolverá a la notaría las escrituras de constitución ya inscritas y podremos descargar desde sede electrónica de la AEAT la resolución de CIF definitivo. De este mismo momento, tu sociedad ya está plenamente constituida y con toda la documentación en tu poder.
Todo este proceso puede comenzar, por ejemplo, un Lunes y resolverse el mismo Viernes de la misma semana gracias a nuestra experiencia y buen hacer….GRATIS!!
TRÁMITES ADICIONALES LA PLATAFORMA PAE VIRTUAL
Además de lo anteriormente descrito, que no es poco, la plataforma PAE virtual nos permite, a la vez que constituimos la sociedad, llevar a cabo otros trámites que pueden ser muy útiles:
- Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) establece las obligaciones que los responsables de los ficheros o tratamientos y los encargados de los tratamientos, tanto de organismos públicos como privados, han de cumplir para garantizar el derecho a la protección de los datos de carácter personal.
Cuando el emprendedor vaya a crear su empresa, si esta va a gestionar datos de carácter personal, deberá tener en cuenta las obligaciones de la LOPD, ya que el emprendedor será el responsable de los ficheros, y por lo tanto caerán sobre él, dichas obligaciones.
- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
El empresario que por primera vez vaya a contratar trabajadores, deberá solicitar su INSCRIPCIÓN como empresario, en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), antes de la contratación de los trabajadores.
La inscripción es el acto administrativo por el que la TGSS asigna al empresario un número, el Código de Cuenta de Cotización Principal (CCC), para identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social.
- Registro de la marca en Oficina Española de Patentes y Marcas
Tener registrada una denominación social en el Registro Mercantil no supone que el nombre esté protegido jurídicamente como marca, debido a que son dos registros independientes.
Si desea tener protección jurídica de su marca o nombre comercial, es necesario registrarla en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Si ya has decidido que lo de emprender es lo tuyo, en Abakon Asesores podemos ayudarte, gracias a nuestro servicio telemático de constitución de empresas a través de la plataforma PAE VIRTUAL. Nuestra gestoría es PAE homologado (Punto de atención al emprendedor). Si dejas en nuestras manos la posterior gestión de tu empresa, realizamos todo el trámite de constitución de forma gratuita. Pero, no te preocupes, como bien describimos en esta entrada, NOSOTROS NOS ENCARGAMOS DE TODO!!